| Certificados de
Origen
Son utilizados para
comprobar
documentalmente que
una mercancía
califica como
originaria. Dicha
certificación debe
contener nombre, firma
y sello del
certificante y podrá
ser avalado por la
autoridad competente
que cada Parte designe
según corresponda.
El exportador que
certifique el origen
de las mercancías,
debe conservar durante
un período mínimo de
cinco (5) años, después
de la certificación
de las mismas, todos
los registros
contables y documentos
que amparen
estrictamente el
origen de las mercancías.
Estos documentos
son necesarios para
gozar de trato
preferencial o
beneficiarse de un
Tratado de Libre
Comercio, en los países
con los que El
Salvador ha suscrito
acuerdos, convenios o
tratados.
Sistema
Generalizado de
Preferencias (SGP)
Certificados
de Origen e Instructivos,
según Tratados de Libre
Comercio
Certificado de
Origen de Asociación
Latinoamericana de
Integración (ALADI)
Certificado emitido
por el CENTREX
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