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Con el propósito de agilizar la autorización de sus documentos de exportación, le agradeceremos presentarlos en el siguiente orden:
1. Solicitud de Exportación, debidamente llena.
2. Una fotocopia de Factura de Exportación*
(valores en US$). Si la exportación es de productos agroquímicos o de uso veterinario deberá anexar original y
fotocopia.
3. Original de Certificación extendida por un Médico Veterinario, para los productos y subproductos de origen animal.
4. Original de Constancia de Tratamiento Químico, cuando lo hubiere para plantas ornamentales.
5. Fotocopia de Resolución extendida por la Institución respectiva,
cuando el producto lo requiera.
6. Fotocopia de Constancia de Inspección de Productos de Origen Animal
(IPOA), para la exportación de carnes.
7. Original de precertificación agropecuaria, emitida por la División
de Certificación Fitozoosanitaria para el Comercio de la Dirección Sanidad Vegetal y Animal, si exporta granos básicos,
loroco fresco y papaya hawaiana, (cuando el país importador
requiera de información adicional).
8. Fotocopia del Certificado de Libre Venta, emitido por la Dirección
de Registro y Fiscalización, si exporta productos agroquímicos y de uso veterinario.
9. Copia rosada del permiso del Consejo Salvadoreño del Café, para exportaciones de café.
10.Original y una fotocopia del Certificado CITES, para exportaciones de flora y fauna silvestre.
11. Original de Análisis Bacteriológico**, para exportación de productos lácteos, hacia Estados Unidos.
12.
Certificado de Origen
conforme los requisitos por país que lo requieren.
13. Original del Acta de muestreo de la Unidad apícola del
MAG, si exportad miel de abeja.
*De conformidad a lo
establecido en el Artículo 107, Inciso 3o. del Código
Tributario, los contribuyentes del Impuesto a la Transferencia
de Bienes y a la Prestación de Servicios y para el caso de
operaciones de exportación deben emitir y entregar Factura de
Exportación, la cual no podrá ser sustituida por ningún
otro documento. Las características que debe presentar la
Factura descrita en el párrafo anterior, Artículo 114,
Literal b) de la mencionada Ley, son: Debe emitirse en
duplicado y que en las operaciones de exportación se debe
entregar en original al cliente, dicho documento debe
imprimirse en talonarios y estar prenumerados en forma
correlativa, debiendo indicar el nombre, denominación o razón
social del contribuyente emisor, giro o actividad, dirección
del establecimiento u oficina, Número de Identificación
Tributaria y Número de Registro del Contribuyente y fecha de
emisión; además de la descripción de los bienes y
servicios, el precio unitario, cantidad y monto total de las
operación, separación de las operaciones gravadas y exentas,
inclusión del impuesto respectivo en el precio de las
operaciones gravadas, valor total de la operación, pie de
imprenta que contiene: nombre, denominación o razón social,
domicilio y número de registro del propietario de la
imprenta; y el Número de Identificación Tributaria del
consumidor o en su defecto el de la Cédula de Identidad
Personal o documento que haga sus veces en el país de
importación, éste último requisito debe verificarse solo
para aquellas operaciones cuyo monto total sea mayor o igual a
Quinientos Sesenta y Ocho Dólares ($568.00) o su equivalente
en colones.
**Deberá ser de laboratorios calificados (MSPAS,FUSADES)
Para mayor información
consulte la Unidad de Atención al Usuario, Dirección General
de Aduanas Teléfono: 2244-5000, correo
usuario.dgra@mh.gob.sv
ó a la Dirección General de Impuestos Internos, del
Ministerio de Hacienda, Teléfono 2244-3000, correo
asistenciadgii@mh.gob.sv
El Código Tributario puede
consultarlo en el sitio web del Ministerio de Hacienda, en el
apartado Legislación
http://www.mh.gob.sv
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